Iberjaca le ofrece un deposito bonificado simplemente por domiciliar su Nomina durante un lapso de 6 meses. El importe mínimo es de 100 €, y la cancelación anticipada del mismo extingue la bonificación, la cual se puede realizar un cualquier momento a un costo un tanto elevado: una penalización del 4% TAE.
El interés total ofrecido es del 3,00% TAE, el cual esta compuesto por un interés inicial del 1,25% TAE mas la Bonificación del 1,75% TAE, ambos liquidados al vencimiento. El tipo de interés del 6% se encuentra al tope de los rankings para este periodo.
Las condiciones para tener acceso esta bonificación son dos:
1. El primer titular del deposito no debe tener previamente domiciliados sus haberes, nomina o pensión, en una cuenta Ibercaja donde figure como titular 1 o 2.
2. El importe depositado en concepto de sueldo, salario o pensión debe ser como mínimo de 500 Eur. por mes.
La domiciliación debe estar efectivamente abonada en los 2 meses siguientes a la apertura del depósito y mantenerse mensualmente.
Es un tipo de depósito no renovable, el cual se cancela automáticamente al vencimiento del mismo. Además, tiene una fiscalidad del 18% de retención sobre las sumas percibidas en concepto de intereses.